Las declaraciones del presidente José María Balcázar sobre la posibilidad de evaluar un indulto a Pedro Castillo, a raíz de un informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas, han reavivado la discusión jurídica sobre los alcances de esa medida. Para el constitucionalista Aníbal Quiroga, el documento de la ONU constituye una opinión sin carácter vinculante y no modifica las disposiciones previstas en la Constitución peruana para conceder un indulto. El especialista señaló que cualquier decisión presidencial de esta naturaleza requiere el refrendo del ministro de Justicia, tal como establece el marco constitucional y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. De no cumplirse ese requisito, advirtió que el acto carecería de validez jurídica. Asimismo, indicó que, si un nuevo titular del Ministerio de Justicia respaldara la medida, tanto el presidente como el ministro podrían afrontar eventuales responsabilidades que serían evaluadas por las instancias competentes. El debate también pone en el centro la relación entre los pronunciamientos de organismos internacionales y el ordenamiento jurídico nacional. Mientras el Ejecutivo analiza el escenario generado por el informe de la ONU, la Cancillería ha sostenido que este tipo de documentos no constituye una decisión obligatoria para el Estado peruano. El futuro de un eventual indulto dependerá no solo de la decisión política del Gobierno, sino también del cumplimiento de los procedimientos establecidos por la Constitución. En un tema de alta sensibilidad institucional, cualquier medida que se adopte será observada por las autoridades competentes y podría abrir un nuevo capítulo de controversia jurídica y política.